En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don David de Mora Manjón Cabeza (52.691.192-D) el Acuerdo de 15 de mayo de 2009, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente:
"Con escrito de este Servicio, número 39.177 de 23 de febrero de 2009, se le intentó la notificación de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad líquida de 1.903,30 euros, en concepto de Haberes, en el periodo comprendido entre el 25-07-2008 al 30-09-2008, abonada en la nómina de los meses de julio y septiembre de 2008, en virtud de la Resolución 160/14120/08, (BOD núm. 168) de 27 de agosto de 2008, por la que pierde la condición de Guardia Civil y de Militar de Carrera de la Guardia Civil, desde el día 25 de julio de 2008.
Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el Art. 84.2, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia,
Acuerdo declarar que la cantidad de 1.903,30 euros, percibida por Don David de Mora Manjón Cabeza (52.691.192-D), en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 25-07-2008 al 30-09-2008, tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".
Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de ALZADA ante el Director General de la Policía y Guardia Civil en el plazo de UN MES desde el día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común". Por razones de más agilidad a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía, km. 25,500), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.
Valdemoro, 27 de octubre de 2007.- Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil. D. Fausto Gallego González.
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