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Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido ser efectuada la notificación por segunda vez en su último domicilio social conocido, esta Presidencia acuerda:
1.º Declarar la caducidad del expediente sancionador número 2283/05 con el archivo de las actuaciones habidas.
2.º Conservar los actos y trámites válidamente realizados para su incorporación al nuevo procedimiento administrativo que, en su caso se inicie.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22, Apartado 2, del Texto Refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto 1/2001, de 20 julio), esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción sobre el lugar de su domicilio o ante el de Extremadura, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE número 167, de 14/7/98). Así mismo, contra esta resolución podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación ante el Sr. Presidente de este Organismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/99 (BOE número 12, de 14/1/1999).
Ciudad Real, 4 de noviembre de 2009.- Comisario de Aguas.
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