Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-40580

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2009, páginas 146794 a 146795 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-40580

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 675/2007 referente al concursado Excarpri S.A., por auto de fecha 9/10/09, en su parte dispositiva, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara, a instancias de la concursada Excarpri S.A., el incumplimiento del convenio aprobado por Sentencia de 21 de Enero de 2009, acordando su rescisión, quedando sin efecto las quitas y esperas pactadas, pero presumiéndose legítimos los pagos realizados en su virtud en los términos y con los efectos previstos legalmente.

2.- Se abre la fase de liquidación y se declara disuelta a la concursada Excarpri S.A.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se acuerda la reposición en sus cargos de los administradores concursales.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario la Nueva España de Oviedo.

Inscríbase en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación. Descripción de los bienes:

- Finca Rústica Sita en Granda (Siero). Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, Finca Número 94408.

- Urbana. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Oviedo Número 1. Finca Número 31.792..

- Urbana. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Oviedo Número 1, Finca Número 30.040.

- Urbana. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Oviedo Número 1, Finca Número 30.044.

Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción.

6.- En el plazo de dos meses computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará, con las debidas actualizaciones, un inventario de los bienes y derechos que conforman la masa activa y una relación de acreedores, así como el plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

7.- Reábrase la Sección sexta de calificación del concurso, con testimonio de esta resolución.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario Judicial

Oviedo, 13 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid