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Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 143/2005, referente al concursado Renuser S.L. se ha dictado auto de fecha 27 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Decido declarar la conclusión del concurso 143/05, en el que figuraba como concursada Renuser S.L. al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Contra este auto no cabrá recurso alguno. Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el BOE y en el diario La Nueva España de Oviedo. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. La conclusión del concursado no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo. Doy fe.
Oviedo, 27 de octubre de 2009.- La Secretario Judicial.
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