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Documento BOE-B-2009-41306

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2009, páginas 148740 a 148740 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-41306

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento num. 718/09, por auto de 30.10.09, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Can Pep Sociedad Civil, con num. de Cif G-57442022, con domicilio en Pza. Biosfera, 7, Mao, y cuyo centro de pricipales intereses lo tiene en Mahon.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administracion y de disposicion de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervencion de la administracion concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administracion concursal la existencia de sus creditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC, mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil n.º 2, firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el credito o quien acredite representacion suficiente de ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el citado art. 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al credito y aportando un juego de copias para la administracion concursal asi como otro mas si se interesase la devolucion de los titulos originales.

El plazo para esta comunicacion es el de quince dias a contar desde el dia siguiente a la publicacion del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado.

4º. - Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberan hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC).

5º.- Asimismo se ha admitido a tramite propuesta anticipada de convenio, lo que se hace saber a los efectos prevenidos en el art. 108 de la Ley Concursal.

Palma de Mallorca, 30 de octubre de 2009.- La Secretario Judicial.

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