Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-41467

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación a don José Gregorio Diego Estébanez para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2009, páginas 148929 a 148929 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2009-41467

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don José Gregorio Diego Estébanez (52.929.698-V) el inicio de un procedimiento de reintegro de cantidades indebidamente percibidas, y cuyo texto completo es el siguiente:

Con escrito de este Servicio, número 192.317 de 16-10-2009, se le intentó la notificación de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad de 1.157,53 euros, en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 10-02-2009 al 31-03-2009, abonada en la nómina de los meses de febrero y marzo de 2009, y habiéndose constatado que durante el período señalado no le correspondía el percibo de la cantidad mencionada, en virtud de la Resolución 160/01139/09 (B.O.D. n.º 18 de fecha 28-01-2009) por la que pasa a la situación de excedencia voluntaria el día 10-02-2009, procede comunicar que tal cantidad será sometida a la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el Art. 84.2, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia,

Acuerdo declarar que la cantidad de 1.157,53 euros, percibida por parte de Don José Gregorio Diego Estébanez (52.928.698-V), en concepto de haberes, en el período comprendido entre el 10-02-2009 al 31-03-2009 tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Director General de la Guardia Civil en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación en base a cuanto disponen los artículos 107,114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por razones de más agilidad a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía km. 25,500), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 23 de noviembre de 2009.- El Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, Fausto Gallego González.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid