El Consejo de Administración, en virtud de lo establecido en el apartado ñ) del punto 5 del artículo 40, de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, adoptó, por unanimidad, el Acuerdo de dejar sin efecto el título que habilita para la prestación del servicio portuario básico de carga, estiba, descarga, desestiba y transbordo de mercancías en el Puerto de Mahón a la empresa Consignataria Náutica Menorquina, S.L., si transcurrido el plazo máximo de ocho días naturales, desde la fecha de notifación de este acuerdo, no hubiera acreditado el pago de la deuda vencida a la Autoridad Portuaria, incautando las fianzas depositadas por esa empresa para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del mencionado título.
Palma, 25 de noviembre de 2009.- El Presidente, Francesc Triay Llopis. El Secretario, Jaume Ferrando Barceló.
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