Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-44085

MAJADAHONDA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de diciembre de 2009, páginas 157019 a 157021 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-44085

TEXTO

Edicto.

Cédula de Notificación.

En el procedimiento seguido ante el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 7 de Majadahonda de Expediente de Dominio Reanudación del tracto 490/07 seguido por Boveda Real se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto. Juez que lo dicta: Doña Beatriz Martínez Rodríguez.

En Majadahonda a nueve de junio de dos mil nueve.

El informe del Ministerio Fiscal únase al procedimiento de su razón con traslado de copia a la parte actora.

Hechos.

Primero.-Por Bóveda Real, S.L. se presentó escrito instando la incoación de expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo, alegando los siguientes hechos:

La finca registral 2189 inscrita en el Registro de la propiedad de Majadahonda número 2, al tomo 338, libro 38, folio 89, inscripción 2.ª que data del año 1899 a favor de D. Isidro Tordesillas Gálvez, es propiedad de Bóveda Real, S.L. quien con fecha 1 de marzo de 2006, adquirió por aportación societaria de la Sociedad Anónima Radio Argentina, en liquidación, dicho inmueble mediante escritura de aumento de capital contrato elevado a escritura pública ante el Sr. Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Federico Paredero del Bosque Martín, bajo el número de su protocolo 896, de ocho de marzo de 2006, Dicha aportación fue inscrita en 10 de abril de 2006 en el Registro Mercantil de Barcelona, al folio 131 del tomo 38407, hoja B316595.

Bóveda Real, S.L. adquirió dicha finca de Sociedad Anónima Radio Argentina, quien a su vez la adquirirá D. Román Granizo Bustillo en virtud de escritura de comparaventa otorgada ante el Notario de San Lorenzo del Escorial, D. José María Hortelano de Urcullu el 24 de abril de 1929 con número 84 de su protocolo.

D. Ramón Granizo Bustillo heredó esta finca de su padre, D. Dionisio Granizo Guillén, según consta en testimonio de adjudicación hereditaria, expedido el día 20 de marzo de 1915 por D. Francisco Mourenza Montero, Notario que fue de San Lorenzo del Escorial, del Ilustre Colegio de Madrid, según consta en su Protocolo del año 1915 con el número 31, de fecha nueve de marzo de 1915.

En ésta última escritura pública de Partición de Bienes y adjudicación hereditaria el Notario D.Francisco Mourenza, menciona que la finca descrita fue adquirida por D. Dionisio Granizao Guillén a D. Isidro Tordesillas Gálvez por documento de compra venta privado el uno de marzo del año 1900, resultando será el referido D. Isidro Tordesillas Gálvez el último titular registral de la finca en cuestión, puesto que se le adjudicó para el pago el 100% del pleno dominio y en estado de casado

Segundo.-Admitida a trámite la solicitud presentada por providencia de fecha 14 de febrero de 2008 se acordó citar al titular registral y al titular catastral para que dentro del término de diez días pudieran comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho conviniera, acordándose asimismo convocar a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción, por el mismo término y a los mismos fines, mediante edictos que se fijaron el el tablón de anuncios del Ayuntamiento y Juzgado y se publicaron el en Boletín Oficial del Estado

Tercer.- Publicados los edictos y citadas las personas expresadas en la providencia de admisión a trámite de la solicitud, en su domicilio y por edictos, trascurrió el plazo de diez días, sin que compareceiera persona alguna oponiéndose a la solicitud deducida.

La parte actora acreditó documentalmente con acta de defunción el fallecimiento de D.Román Granizo Bustillo titular catastral de la finca. El titular registral D. Isidro Tordesillas Galvez ha fallecido

Cuarto.- Se acordó oir al Ministerio Fiscal quien por escrito de fecha 23 de mayo de 2009 no se opone al expediente de fomnio de reanudación del tracto sucesivo de la finca registral 2189 promovido por la parte actora por estimar que se han cumplido todos los requisitos previstos en la ley para la reanudación del tracto sucesivo.

Fundamentos Jurídicos.

Primero.- Se han cumplido en la tramitación del expediente las formalidades legales, citándose en forma a todos los interesados, y publicándose los correspondientes edictos convocando a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada sin que haya comparecido en el expediente ningún interesado oponiéndose a la solicitud.

Segundo.-Por el solicitante se ha acreditado mediante la adquisición del dominio de la finca que se describe en el hecho primero de ésta resolución a tenor de lo dispuesto en el artículo 609 del Código civil, por lo que procede declarar justificado el dominio del solicitante sore dicha finca y decretar la cancelación de las inscripciones contradictorias, conforme a lo dispuesto en el art. 202 de la Ley Hipotecaria

Parte dispositiva:

Se declara justificado el dominio de Bóveda Real, S.L. sobre al finca registral 2189 descrita en el hecho primero de ésta resolución, ordenándose la cancelación de las inscripciones contradictorias de dominio a favor de Bóveda Real, S.L. obrantes en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Majadahonda. Firme ésta resolución, expídase testimonio de la misma y entréguese al solicitante par a que le sirva de título para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido y devuélvase los documentos presentados con la solicitud, dejando testimonio suficiente en el expediente.

Contra ésta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante éste Juzgado en término de quinto día

Lo que así manda y firma por SS.ª, doy fe

Y como consecuencia del ignorado paradero de las personas a quienes pudiera perjudicar la declaración justificada del dominio de Bóveda Real S.L. sobre la finca registral 2189 inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Majadahonda a nombre de D. Isidro Tordesillas Gálvez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación

Majadahonda, 2 de diciembre de 2009.- La Magistrado-Juez. La Secretaria, doña Beatriz Martínez Rodríguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid