Don Virgilio Sánchez Barberán, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Alicante,
Por el presente, hago saber: Que se ha dictado auto de apertura de liquidación anticipada en cuya parte dispositiva constan los particulares siguientes para su publicidad:
Parte dispositiva.
Uno.-Se acuerda aprobar el plan de liquidación anticipada, con las observaciones previstas en el fundamento juridico primero.
Dos.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación, y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo.
Tres.-Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor "Distribuidora de Materiales y Servicios Agrícolas, S.L.U." sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
Cuatro.-Se declara la disolución de la mercantil "Distribuidora de Materiales y Servicios Agricolas, S.L.U.", así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.
Y para que conste expido el presente.
Alicante, 2 de noviembre de 2009.- El Secretario.
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