Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-44480

Anuncio de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea por el que se notifica a la interesada, la compañía aérea BRAVO AIRLINES S.A., la obligación de pago en vía voluntaria de las sanciones impuestas en las resoluciones de los procedimientos sancionadores de referencia RUT-056-08 y RUT-096-08.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2009, páginas 158595 a 158595 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-44480

TEXTO

Esta Agencia Estatal, por medio del presente y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de los dispuesto en el mismo artículo, publica a efectos de notificación la obligación de pago en vía voluntaria de las sanciones impuestas en las resoluciones de los expedientes sancionadores de referencia RUT-056-08 y RUT-096-08.

El citado acto se encuentra a disposición del interesado en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67; 28071 Madrid, y en virtud de la previsión establecida el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se publica el texto en su totalidad:

· Interesado: Bravo Airlines, S.A.

· C.I.F.: A83924258

· Números de expedientes: RUT-056-08 y RUT-096-08.

A partir del día 2 de enero de 2009, dicha multa deberá hacerse efectiva a través del ingreso del importe de la cuantía impuesta en la cuenta corriente que abajo se referencia, quedando derogado a estos efectos el modelo 069:

· Número de cuenta: 2100-5731-71-0200076287.

· Titular: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

· Importe: 36.000,00 euros.

· IBAN: ES26 2100 5731 7102 0007 6287.

· BIC/CODIGO SWIFT: CAIXESBBXXX.

Tiempo de pago: El interesado habrá de efectuar el pago según los plazos establecidos por artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concordancia con el art. 68 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Consecuencia de la falta de pago: La falta de pago en los plazos y con los requisitos exigidos, motivará la apertura del procedimiento recaudatorio por la vía de apremio, de acuerdo con el Art. 69 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Madrid, 16 de diciembre de 2009.- El Secretario General de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid