El Consejo de Administración de la Autoriadad Portuaria de Ceuta en su sesión de fecha 17 de diciembre de 2008, en uso de las factultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó otorgar a D. Moises Benzaquen Beniflah concesión demanial en las siguientes condiciones:
Objeto: Actividades logísticas y de almacenaje complementarias del uso comercial, pudiendo desarrollar actividades de servicios a los usuarios del puerto relacionados con el uso principal de almacenaje.
Plazo: Veinte (20) años.
Superficie: 288 metros cuadrados.
Tasas: a) Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario: 5.136,00 euros/año. b) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: 20% de la Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 8 de enero de 2009.- José Franciso Torrado López, Presidente.
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