A los efectos previstos en el art.º 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y sus modificaciones, y en el título V de la citada Ley 34/1998, puesto en relación con los Art. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, se somete a información Pública la siguiente solicitud de autorización administrativa de ejecución y declaración de utilidad pública.
EXPEDIENTE: 92506/GAS-922
PETICIONARIO: Naturgas Energía Distribución, S.A.U., con domicilio en Plaza de la Gesta 2, 33007 – Oviedo.
OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización administrativa de ejecución y declaración de utilidad pública del proyecto del cambio de presión de suministro del alimentador a Salas, en el municipio de Salas.
DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES: Las instalaciones objeto del proyecto tienen por objeto el cambio de presión de suministro del alimentador de gas natural que parte de la Estación de Regulación y medida APA/MPB situada en las Gallinas y que finaliza en la factoría de Danone, en la localidad de Salas, en el municipio del mismo nombre. En la actualidad el citado alimentador opera en régimen de medida presión B (MPB). La nueva presión de servicio será en régimen de alta presión A (APA) con una presión máxima de operación de 10 bar, al estar construido el alimentador con tubería de polietileno del tipo PE 100 SDR 11. Las instalaciones proyectadas son las siguientes:
Alimentador a Salas:
Instalación, en terrenos de la fábrica Danone, de una ERM APA-10/MPB, que sustituirá al bypass existente en dicha zona. Asimismo, se instalará una válvula de entrada y otra de salida desde la ERM.
Cambio de un pequeño tramo de red a la entrada de la fábrica de Danone por otro construido en PE-100 SDR 11, con presión de diseño 10 bar.
Cambio de tres válvulas de la red existente por otras de presión de diseño APA-10 bar.
Instalación de dos válvulas de red a la salida de la ERM, para mejorar la operación y mantenimiento de la red.
Regulación para la localidad de las Gallinas
Ajuste del tarado de reguladores de la ERM para posibilitar el salto APA-16/APA-10.
Instalación de un armario de regulación para APA-10/MPB
PRESUPUESTO: 103.874,69 Euros.
AFECCIONES A TERRENOS: La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción de las redes de distribución de gas y de la Estación de Regulación y Medida (ERM) proyectadas, así como de sus instalaciones auxiliares, se concreta de la siguiente forma:
1.1 Expropiaciones de pleno dominio.
De los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie, en este caso una Estación de Regulación y Medida (ERM) (APA/MPB) (5x3 metros) proyectada.
1.2 Canalizaciones.
Ocupación temporal: Es una necesidad derivada de la ejecución de las obras, consistente en la ocupación durante el período que duren los trabajos, de una franja de 10 metros de ancho a lo largo de la canalización de la red de distribución de Media Presión (MPB). En esta área, indicada en la relación que se adjunta y en los planos parcelarios correspondientes, se hará desaparecer temporalmente cualquier obstáculo que interfiera en los trabajos, y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisa para dichos fines.
Servidumbres: Imposición de servidumbre permanente de paso a lo largo del trazado de la red de distribución MPB proyectada, por donde discurran enterradas la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas, así como para el cable de comunicaciones, y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:
Servidumbre permanente de paso en una franja de 4 metros de ancho (2 a cada lado del eje de la canalización), con libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar y renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.
Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (treinta si hay tubería de APA), así como a plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros, a contar desde el eje de la canalización.
Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco metros del eje del trazado a uno y otro lado del mismo (2 metros si sólo hay tubería en MPB). Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración.
Señalización del trazado: Encima de las tuberías se instalarán hitos de señalización vertical u horizontal en los vértices de cambio de dirección del trazado del gasoducto y en las entradas y salidas a fincas. (Según planos tipo GO-SC-01 y GO-SC-02).
Superficie a expropiar: Pleno dominio de los terrenos sobre los elementos de instalación fija en superficie (Arquetas y E.R.M.).
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación de bienes y derechos afectados se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente durante un periodo de 30 días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio, en horario de oficina de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, en las dependencias de la Consejería de Industria y Empleo, Servicio de Fluidos y Metrología, Plaza de España, n.º 1, 3.ª Planta con C.P. 33007 de Oviedo y presentar escrito triplicado, con las alegaciones que estimen oportunas, en el Registro de Entrada, de la Consejería de Industria y Empleo, en la forma prevista en el Art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Relación de Bienes y Derechos afectados.
A continuación se listan los bienes y derechos afectados por ocupación temporal, indicando sus servidumbres, así como las superficies a expropiar.
Nº Finca |
Referencia Catastral | Propietario | Domicilio | Superf. Total (m²) | Serv. Lineal (m²) | Ocup. Temp. (m²) |
Serv. Perm. (m²) |
Suerf. Exp. (m²) | Paraje | Destino | Calificación Urbanística |
1 | 2798005QJ2029N0001EY | Danone, S.A. | Avenida Ricardo Fuster, 13 - 33860 Salas ASTURIAS | 35.365 | 11,62 | 110 | 34,48 | 15,75 | Fábrica Danone, S.A | --- | Suelo Urbano |
Oviedo, 26 de enero de 2009.- EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y EMPLEO, P.D. (Resolución de 03-08-2007, BOPA de 27-08-2007), EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA. Fdo.: Gonzalo Pescador Benavente.
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