Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-5455

FONDO EXTREMADURA GARANTIZADO VI, F.I.
(FONDO ABSORBENTE)
FONDO EXTREMADURA GARANTIZADO III, F.I.
FONDO EXTREMADURA GARANTIZADO IV, F.I.
FONDO EXTREMADURA GARANTIZADO V, F.I.
(FONDOS ABSORBIDOS).

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2009, páginas 20674 a 20674 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2009-5455

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 12, párrafo 2º, de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público:

Que con fecha 17 de diciembre de 2008, el Consejo de Administración de Ahorro Corporación Gestión, S.G.I.I.C., S.A., como Sociedad Gestora de los Fondos Fondo Extremadura Garantizado VI, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado III, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado IV, F.I. y Fondo Extremadura Garantizado V, F.I. aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de Fondo Extremadura Garantizado VI, F.I. (Fondo absorbente); Fondo Extremadura Garantizado III, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado IV, F.I. y Fondo Extremadura Garantizado V, F.I. (Fondos absorbidos).

Que, con fecha 10 de febrero de 2009 el Comité de Activos y Pasivos de la Confederación Española de Cajas de Ahorros, como Entidad Depositaria de los Fondos Fondo Extremadura Garantizado VI, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado III, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado IV, F.I. y Fondo Extremadura Garantizado V, F.I. aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de Fondo Extremadura Garantizado VI, F.I. (Fondo absorbente); Fondo Extremadura Garantizado III, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado IV, F.I. y Fondo Extremadura Garantizado V, F.I. (Fondos absorbidos).

Que con fecha 13 de febrero de 2009, la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el Proyecto de Fusión de los citados Fondos presentado por dichas Entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de Fondo Extremadura Garantizado VI, F.I. (Fondo absorbente); Fondo Extremadura Garantizado III, F.I.; Fondo Extremadura Garantizado IV, F.I. y Fondo Extremadura Garantizado V, F.I. (Fondos absorbidos), con disolución sin liquidación de la Entidad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la Entidad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Que como consecuencia de lo anterior, y a los efectos de lo establecido en la legislación vigente en materia de Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica a los partícipes dicha fusión con carácter previo a su entrada en vigor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12, párrafo 2º, de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre.

En Madrid, a, 26 de enero de 2009.- La Secretaria del Consejo. Maria Isabel Vila Abellán-García.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid