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Documento BOE-B-2009-5646

BARCELONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2009, páginas 22263 a 22263 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-5646

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Vives Requena, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N° 7 DE LOS DE BARCELONA Y PROVINCIA,

HAGO SABER: Que en dicho Juzgado se tramita el CONCURSO VOLUNTARIO ORDINARIO 114/09, en el que se ha dictado con fecha 4.02.09 auto declarando en estado de concurso a la entidad MAULUN PROPERTIES DEVELOPERS, S.L., y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Tipo de concurso: VOLUNTARIO ORDINARIO.

Solicitante: el mismo, con domicilio en Vía Layetana, 9, 1°, 2ª, de BARCELONA.

Concursada: la misma que la solicitante

Administrador/es concursal/es: D.Dª FRANCESC CARRETA DALME (auditor), con domicilio en Rbla. de Catalunya, 38, 6ª pl., de Barcelona; D/Da JUAN MESTRE VÁZQUEZ, (abogado), domiciliado en P° de Gracia, 117, 2º, 2ª de Barcelona, y como acreedor a NOUAITOR, S.L., con domicilio en Vía Layetana, 9, 1°, 2ª de Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través del Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de 30 DÍAS a contar desde la última de las publicaciones. La comunicación se hará por escrito y deberá estar firmada por el acreedor, interesado o representante, indicando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor. Se acompañarán originales o copias auténticas del título.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 12 de febrero de 2009.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

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