Visto el expediente 4958-6082, tramitado a instancias de Endesa Distribución Eléctrica S.L.U. que solicito la Autorización Administrativa, la Aprobación del Proyecto y la Declaración de Utilidad Pública en concreto de la instalación eléctrica que consta en el Proyecto, de acuerdo con el Título VII, de Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 12 de Mayo de 2008, ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.L.U. con domicilio social en Avda. Federico García Lorca 82, 04004 Almería, solicitó la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto y la Declaración en concreto de Utilidad Pública para la instalación denominada "Proyecto de Línea Subterránea de M.T. D/C a 25 kV para Seccionamiento de la L.A.M.T 25 kV "El Puntal" y Cierre con la L.A.M.T. Tabernas en el T.M. de Rioja (Almería)", cuya finalidad es, mejora la calidad de servicio de la zona alimentada por la misma.
A tal efecto se adjuntaba la Relación de Bienes y Derechos afectados de dicha Instalación.
Segundo. De acuerdo con el articulo 125 y 144 del real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en: Boletín Oficial del Estado nº 261 de 29 de Octubre de 2008, Boletín Oficial de la Provincia de Almería nº 181 de 1 de Octubre de 2008 y Diario La Voz de Almería de fecha 15 de Octubre de 2008.
En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la citada instalación.
Tercero. Que dentro del plazo de información pública no se ha recibido en esta Delegación Provincial ningún escrito de alegaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Provincial es competente resolver el otorgamiento de la Utilidad Pública en concreto a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.14 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
De conformidad con los preceptos legales citados, así como la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, el Real Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954.
Segundo. La Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguiente del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados mas arriba, esta Delegación Provincial.
RESUELVE
Primero. Conceder la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto y Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación "Proyecto de Línea Subterránea de M.T. D/C a 25 kV para Seccionamiento de la L.A.M.T 25 kV "El Puntal" y Cierre con la L.A.M.T. Tabernas en el T.M. de Rioja (Almería)", cuyas características principales son las siguientes:
Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica S.L.U.
Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la zona.
Origen: Apoyo intercalado en la traza doble circuito, entre las líneas "Tabernas" y "El Puntal" con coordenadas UTM (X: 548189 , Y: 4088992).
Final: Nuevas celdas de entrada y salida a instalar en el Centro de Distribución con coordenadas UTM (X: 548089 , Y: 4088999).
Términos municipales afectados: Rioja (Almería).
Tipo: aérea.
Tensión de servicio en KV: 25 kV.
Longitud: 127 mts.
Conductor: RHZ1 1x240 mm2 Al XLPE.
Aislamiento: 18/30 kV.
Apoyos: Metálicos galvanizados.
Presupuesto: 23.725,42 euros.
La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa.
Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen así como los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.
2. El plazo de puesta en marcha será de 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo. A dicha solicitudes acompañara un certificado de final de obra suscrito por el técnico facultativo competente.
4. La Administraron Autonómica dejara sin efecto la Presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
Notifíquese esta Resolución al solicitante, a las Administraciones u Organismos Públicos que informaron o debieron informar durante la tramitación de la declaración de utilidad pública y a los titulares de bienes y derechos afectados, en la forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero, con la advertencia que la misma no agota la vía administrativa, y que contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con el art. 115 del mismo texto legal.
PROPIETARIO | DNI/CIF | TERMINO MUNICIPAL |
REFERENCIA CATASTRAL |
Construcciones Rueda Andújar SL | B-04351888 | RIOJA | 8090014WF4889S0001DT |
Pérez de Percebal del Moral M. | 00.547.587-A | RIOJA | 8089602WF4888N0001SE |
Pérez de Percebal del Moral J. | 27.034.595-G | RIOJA | 8089605WF4888N0001HE |
Pérez de Percebal del Moral Miguel. | 27.059.417-D | RIOJA | 8089603WF4888N0001ZE |
Almería, 19 de enero de 2009.- Delegada Provincial, Sonia Rodríguez Torres.
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