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Documento BOE-B-2009-5849

MURCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2009, páginas 22541 a 22541 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-5849

TEXTO

Edicto

Dª CONCHA RUIZ GARCIA, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil nº1 de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, Anuncio:

Que en el procedimiento nº 699/2008, por auto de fecha 6 de febrero de 2008, dictado por la Iltma Sª María Dolores de las Heras García, Magistrado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, se ha declarado en concurso voluntario por el trámite abreviado a la mercantil deudora MANUEL PEREZ ROCAMORA, con domicilio en Jumilla (Murcia), calle Fueros nº 1, 5º, con DNI nº 74.339.807-N, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el domicilio anteriormente reseñado, habiendo recaido los siguientes pronunciamientos:

1º. Que el referido concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

2º. Se nombra administrador concursal único al Letrado D. ANTONIO PEREZ FERRA.

3º. Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de este edicto, acordadas en el periódico y BOE, para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante este Juzgado, sito en Murcia, Avda 1º de Mayo nº 1, Edificio Torres Azules, torre A, planta 1ª, indicando los datos pesonales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello, si se interesara el desglose de los mismos.

4º. Contra el auto declarando el concurso a que se refiere el presente edicto podrá interponerse recurso de apelación por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante este juzgado dentro del plazo de cinco días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas.

Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente.

Murcia, 6 de febrero de 2009.- LA SECRETARIO JUDICIAL.

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