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Documento BOE-B-2009-8159

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2009, páginas 31121 a 31122 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-8159

TEXTO

Doña M.C. Sanz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Número 5 de Madrid,

Anuncia:

Que en este Juzgado de lo Mercantil se tramita procedimiento concursal número 834/08 instado por la Procuradora Doña Ana Rayon Castilla, en nombre y representación de Guido Rayos X, Sociedad Anónima, en el cual se ha dictado con fecha 19 de enero de 2009, auto declarando en concurso al deudor Guido Rayos X, Sociedad Anónima, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

" Se declara en Concurso Voluntario a la entidad "Guido Rayos X, Sociedad Anónima", con domicilio en Madrid, calle Salcedo, 5 y Código de Identificación Fiscal A-28478303, representada por la Procuradora Doña Ana Rayon Castilla, con todos los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento y, en particular, los siguientes:

" Primero.- El deudor conserva, por ahora, las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas respecto a los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso, a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

Segundo.- Se acuerda la sustanción de este concurso por los trámites del procedimiento abreviado y se designa administrador concursal a Don Francisco Prada Gayoso, Economista, con domicilio en la calle Almagro,3, 5º izquierda, de Madrid (28010)."

Asimismo en dicho procedimiento concursal, se ha dictado con fecha 21 de febrero de 2009, resolución en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

" Se acuerda la transformación del presente procedimiento abreviado en ordinario.

Se nombra a Don Jesús Aranda Terrado, abogado, miembro de la administración concursal que, además de las facultades legalmente previstas, deberán prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Estas facultades se ejercerán mancomunadamente junto con el administrador concursal ya nombrado Don Francisco Prada Gayoso hasta que se proceda al nombramiento del tercer miembro de la administración concursal."

Por el presente se pone en conocimiento de los acreedores concursales que deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de 1 mes a contar desde la última de las publicaciones que se efectúen, a cuyo efecto la administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio conste en el concurso, informándole de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asimismo los acreedores y demás legitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, de conformidad con el artículo 184.3 de la Ley Concursal. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la Junta, todo ello sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos, y de las Administraciones públicas en la normativa procesal específica. (Artículo 184.6 de la Ley Concursal.)

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 2 de marzo de 2009.- La Secretaria Judicial.

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