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Documento BOE-B-2009-8180

SEVILLA.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2009, páginas 31143 a 31143 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2009-8180

TEXTO

SENTENCIA NÚMERO Nº 62/09

En Sevilla, a diez de febrero de dos mil nueve.

Vistos por mí Dª NIEVES RICO MÁRQUEZ, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número CUATRO de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre CANTIDAD, seguidos en este Juzgado bajo el número 1022/2008, promovidos por D. EDUARDO MURIEL DEL POZO, asistido por el Letrado D. EFRAÍN MURIEL DEL POZO, contra SMAYDER EQUIPOS S.L. que no compareció pese a haber sido citada en legal forma.

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por D. EDUARDO MURIEL DEL POZO, contra SMAYDER EQUIPOS S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar a la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (3.597,51 EUROS), sin que proceda la imposición del interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, CABE RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al ANUNCIAR EL RECURSO haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES de este Juzgado en el BANESTO, Oficina 4325 sita en c/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol) de esta Capital, abierta con el nº 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el nº de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al FORMALIZAR EL RECURSO, deberá efectuar el depósito de 150.25 € en la cuenta 4023000068, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. MAGISTRADO-JUEZ que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en SEVILLA, a diez de febrero de dos mil nueve.

Lo arriba reseñado concuerda bien y fielmente con su original y para que sirva a los efectos pertinentes, expido y firmo el presente.

Sevilla, 10 de febrero de 2009.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

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