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Documento BOE-B-2009-9025

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2009, páginas 34056 a 34056 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-9025

TEXTO

EDICTO

Doña María del Carmen Oria Fernández, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 1379/07 referente al concursado Un Pequeño Juego Sin Consecuencias, S.L., CIF B-84846161, y a los efectos previstos en el artículo 177 de la Ley Concursal en relación con el 23 del mismo cuerpo legal, se ha dictado auto de fecha 11 de marzo de 2009 cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso voluntario abreviado de la mercantil Un Pequeño Juego Sin Consecuencias, S.L., CIF B-84846161 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 1379/07 a instancias de dicha sociedad y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Declaro el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes.

Declaro el cese de la administración concursal, integrada por el Abogado don Carlos del Arco Herrero, cuyas circunstancias constan en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 23488 Libro 0, Folio 140, Sección 8, Hoja M421355, A, fecha: 03 de diciembre de 2007).

Conforme al artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la Extinción de la mercantil concursada y se dispone el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Madrid, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución una vez firme.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en el que se publicó la declaración del presente concurso en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal."

Madrid, 11 de marzo de 2009.- La Secretario Judicial.

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