El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 26 de febrero de 2009, adoptó, entre otros, el acuerdo de autorizar una prórroga del título que habilita para la prestación del servicio portuario básico de amarre y desamarre de buques en el Puerto de Eivissa, a la empresa Amarradores y Servicios del Puerto de Ibiza, S.L., hasta que entren en vigor las prescripciones particulares previstas en el artículo 65 de la Ley 48/2003 y en todo caso por un plazo máximo de dos (2) años, si éstas no se aprobaran con anterioridad, sin perjuicio de la obligación del contratista de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del contrato, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor, computándose dicha prórroga a partir del 17 de febrero de 2009.
Palma, 13 de marzo de 2009.- El Presidente, Francesc Triay Llopis.-El Secretario, Jaume Ferrando Barceló.
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