Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-10158

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2010, páginas 31625 a 31626 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-10158

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de procedimiento Concursal Ordinario número 6/2009-A, de la mercantil L'Aljub Motor Sociedad Limitada, en cuyo seno, con fecha veinticuatro de febrero de dos mil diez, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Preséntese por la Administración Concursal, en el plazo de los 15 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 Ley concursal.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 Ley concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable ( artículo 168 Ley concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley concursal.

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

9.- Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal...".

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma Doña V. María Zaragoza Fuster, Magistrada-Juez Sustituta del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy fe.

Alicante, 24 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid