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Documento BOE-B-2010-10325

Resolución de la Generalitat de Catalunya ECF/ /2010, de 11 de febrero, de los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y evaluación de impacto ambiental de una instalación eléctrica (exp. 00011102/07; ref. A-10361-RL).

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2010, páginas 31850 a 31854 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-10325

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, SLU (en adelante ENDESA), con domicilio social en la avenida Paral·lel, núm. 51, 08004-Barcelona, ha solicitado ante el Departamento de Economía y Finanzas la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública, la aprobación del proyecto de ejecución y la evaluación de impacto ambiental de la línea aérea-subterránea de 110 kV, doble circuito, con origen en la subestación SE Mollerussa y final en la subestación SE Tàrrega, en los términos municipales de Mollerussa, Golmés, Vila-sana, Castellnou de Seana, BellPuig, Anglesola, Vilagrassa y Tàrrega.

De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, así como los reglamentos técnicos específicos, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5256, de 12 de noviembre de 2008, en el BOE núm. 278, de 18 de noviembre de 2008, y en los periódicos Segre y La Mañana, ambos de fecha 21 de noviembre de 2008.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha comunicado a los ayuntamientos correspondientes la lista de bienes y los derechos afectados por la instalación, para que lo expongan al público por un plazo de 30 días, a fin de que las personas interesadas puedan consultarla y en tal caso, puedan corregir las posibles erratas o omisiones que pueda haber, y formular las alegaciones que crean procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real decreto mencionado.

Las alegaciones presentadas durante la fase de exposición pública en los tablones de anuncios de los municipios afectados, se trasladan a la empresa Endesa en fecha 22 de diciembre de 2008. Las respuestas individuales de Endesa se trasladan a los particulares afectados en fecha 5 de febrero de 2009.

Asimismo, de acuerdo con lo que prevén los artículos 127 y 146, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó informe al ayuntamiento de Vilagrassa y la Diputación de Lleida, que informan favorablemente.

El ayuntamiento de Mollerussa manifiesta que el trazado inicial de la línea no se adecua al vigente Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM). Posteriormente, ENDESA se reúne con los representantes del Ayuntamiento de Mollerussa y acuerdan una alternativa al trazado de la línea viable técnicamente y que se adecua al POUM. La solución pasa por enterrar la línea por los nuevos viales, según se detalla en la documentación aportada en los mismos Servicios Territoriales.

El Ayuntamiento de Tàrrega manifiesta que el trazado inicial de la línea afecta la construcción de la futura balsa para la recogida de aguas pluviales, prevista en el Plan Especial de Infraestructuras que desarrolla el POUM. Endesa aporta documentación justificando que estudiará un trazado alternativo compatible con la futura balsa. Finalmente, en fecha 26 de enero de 2010, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tàrrega concede licencia de obras de la línea.

Renfe-Adif se opone al trazado inicial de la línea. Con la modificación del trazado de la línea consensuada con el Ayuntamiento de Mollerussa, y compatible con el POUM del municipio, desaparece la afección al trazado ferroviario.

Los ayuntamientos de Vila-sana y Castellnou de Seana presentan alegaciones al trazado inicial de la línea, replanteando un trazado alternativo aceptado a la vez por la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida, en su sesión del día 9 de julio de 2009. Este replanteo es el que, finalmente, acepta Endesa.

La Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, del Ministerio de Fomento, la Comunidad General de Regantes de los Canales de Urgell, la Dirección General de Carreteras, del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, y Telefónica de España, S.A., presentan informes, cuyos condicionados son aceptados por Endesa.

Gas Natural SDG, S.A., presenta informe condicionado, solicitando datos complementarios para poder evaluar la posible influencia a la red de gas. Endesa remite la documentación requerida.

Los ayuntamientos de Anglesola, Bellpuig y Golmés, y Red Eléctrica de España, S.A., dentro del plazo establecido, y con reiteración previa, no se han manifestado.

En fecha 29 de mayo de 2009, Endesa presenta Anexo Medioambiental al Proyecto, elaborado por el Centro Tecnológico Forestal de Cataluña, dando cumplimiento a los requerimientos en el trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, de fecha 27 de marzo de 2009. En esta documentación técnica se realiza un análisis del riesgo de colisión de las aves con la línea eléctrica y se detallan medidas paliativas.

Visto el Acuerdo de 2 de junio de 2009, de la Ponencia Ambiental, de la Dirección General de Calidad Ambiental, del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, sobre la Declaración de Impacto Ambiental de la instalación;

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Resuelvo:

Primero.- Otorgar a la empresa Endesa la autorización administrativa de la línea aérea-subterránea de 110 kV, doble circuito, con origen en la subestación SE Mollerussa y final en la subestación SE Tàrrega, en los términos municipales de Mollerussa, Golmés, Vila-sana, Castellnou de Seana, Bellpuig, Anglesola, Vilagrassa y Tàrrega.

Segundo.- Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5256, de 12 de noviembre de 2008, en el BOE núm. 278, de 18 de noviembre de 2008, y en los periódicos Segre y La Mañana, ambos de fecha 21 de noviembre de 2008.

Tercero.- Aprobar el proyecto de ejecución mencionado, con las características técnicas siguientes:

1. Red subterránea:

El origen de la línea subterránea 110 kV será la subestación de Mollerussa, discurriendo, en un primer tramo, por el casco urbano de Mollerussa, a lo largo de las calles de la Mallola, Diputació e Indústria, cruzando también con las calles Palau y la avenida de Balaguer, hasta la intersección con la carretera local de Mollerussa a Vila-sana, discurriendo, en un segundo tramo, a lo largo de esta carretera hasta llegar al apoyo núm. 1, donde se realizará la conversión aérea-subterránea. La longitud total de este trazado es de 1.474,66 m.

Tensión en kV: 110.

Longitud en m: 1.474,66.

Número de circuitos: dos.

Conductores de línea: tres por circuito.

Tipo de conductor: XLPE 76/132 kV dispuesto en triángulo.

Profundidad de la instalación en metros: 1,5.

2. Red aérea:

El origen de la línea aérea será el apoyo núm. 1, en la que se realiza la conversión aérea-subterránea, desde donde, y por medio de 13 alineaciones y 76 apoyos, se llegará a la subestación de Tàrrega. La longitud total del trazado es de 21.708,84 m.

Tensión en kV: 110.

Longitud en m: 21.708,84.

Número de circuitos: dos.

Tipo de conductor: XLA-455, de Al-Ac, dispuestos en hexágono (doble circuito).

Material de los nuevos apoyos: apoyos tipo B y G, de acero galvanizado.

Conductor de tierra: OPGW 95/55.

Términos municipales afectados: Mollerussa, Golmés, Vila-sana, Castellnou de Seana, Bellpuig, Anglesola, Vilagrassa y Tàrrega.

Finalidad: dar cobertura al crecimiento de la demanda esperada en el área de Tàrrega, Mollerussa y municipios limítrofes, a la vez que se conectará la subestación de Mollerussa con la nueva subestación de Tàrrega, con el objetivo de generar redes malladas para mejorar también la calidad de suministro.

Presupuesto: 2.747,778 euros.

Esta Resolución de dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.- Las instalaciones se deben llevar a cabo de acuerdo con el proyecto técnico presentado, firmado por el ingeniero industrial Luís Rayo Valdivia, visado el 13 de marzo de 2007, con el núm. 358397, por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, que ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y se autoricen.

Segundo.- La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de las disposiciones de aplicación general.

Tercero.- La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Cuarto.- El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

Quinto.- Los Servicios Territoriales podrán hacer las comprobaciones y pruebas que consideren necesarias durante las obras y cuando se acaben, en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

Sexto.- Con esta finalidad, el titular de la instalación debe comunicar al órgano administrativo mencionado el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención mientras duren y también su finalización.

A la comunicación de la finalización de las obras se debe adjuntar el certificado de dirección y final de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas que se han hecho.

Séptimo.- La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento por parte del titular de la instalación de las condiciones que se impongan. En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Octavo.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para hacer las obras e instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, del Departamento de Economía y Finanzas (c. Pamplona, núm. 13, 4.ª planta, 08037 Barcelona), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lleida, 11 de febrero de 2010.- El Director de los Servicios Territoriales en Lleida, Pere Mir Artigues (10.043.047).

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