Edicto.
Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 5/10, por auto de 3 de marzo de 2010 se ha declarado en concurso necesario al deudor Comercial Obras y Servicios Benalup S.L., con CIF B-11.440.567 y domicilio en c/ Unión, n.º 2-2.ª, Jerez de la Frontera (Cádiz), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo referenciado.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Cádiz, 5 de marzo de 2010.- Secretaria Judicial.
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