Cédula de Notificación.
En el procedimiento Juicio Verbal 443/07 seguido en el Juzgado de Primera instancia n.º 3 de Estepona a instancia de Comunidad de Propietarios los Flamencos contra Margareta Erikson sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Sentencia n.º 115/09.
En Estepona, a 21 de septiembre de 2009.
La Sra. doña M.ª del Carmen Gutiérrez Henares, Juez del Juzgado de Primera Instancia e instrucción n.º 3 de Estepona, Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal 443/07 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Comunidad de Propietarios Los Flamencos, representado por el Procurador de los Tribunales don Carlos Fernández Martínez y asistido por el letrado don Javier Chacón del Puerto; y de otro como demandado doña Margareta Erikson, en situación de rebeldía procesal, sobre Reclamación cantidad.
Fallo:
Que debo estimar y estimo integramente, la demanda interpuesta por el Procurador don Carlos Fernández Martínez, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Los Flamencos contra doña Margareta Erikson, en situación de rebeldía procesal. Condenando a la demandada al pago a favor de la demandante de la cantidad de setecientos cincuenta y seis euros con setenta y un céntimo de euro (756,71 euros), mas los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda y costas del procedimiento.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar Recurso de Apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación con arreglo a lo previsto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demando/s Margareta Erikson, extiendo y firmo la presente.
Estepona, 15 de enero de 2010.- El/la Secretario.
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