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Documento BOE-B-2010-12925

Resolución del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se declara indebidamente percibida por doña Rosa María García Zaldúa, la cantidad de 3.221,29 euros.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2010, páginas 38934 a 38934 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2010-12925

TEXTO

Con fecha 20 de noviembre de 2009, presentó alta médica pero no se reincorporó a su puesto de trabajo, debiendo por tanto reintegrar las retribuciones percibidas desde el 21 de noviembre de 2006 al 30 de abril de 2007. Por ello, debe reintegrar la cantidad de 3.221,29 euros, según liquidación practicada por la Delegación Especial de Cataluña.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 77 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y el artículo 23 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, con los importes establecidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, este Departamento, en el ejercicio de sus competencias en el ámbito de retribuciones en materia de personal,

Acuerda: Declarar indebidamente percibido por Dª. Rosa María García Zaldúa el importe de 3.221,29 euros con la consiguiente obligación de reintegro de la citada cantidad.

El importe de la deuda arriba citada ha de ingresarla en las siguientes fechas: si esta notificación la recibe del 1 al 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente, si la recibe entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente. Concluido este plazo se iniciará la vía ejecutiva, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005, de 29 de julio (BOE de 02-09-2005).

El ingreso ha de efectuarlo en la cuenta de tesorería interna que la A.E.A.T. tiene abierta en la entidad del Banco Santander Central Hispano, sucursal sita en la c/ Orense, nº 2, de la localidad de Madrid, cuyo número de identificación es el 0049 1811 31 2710261372.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No obstante, de cuerdo con lo dispuesto en el artículo 111.1 de la Ley 30/1992, la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

Madrid, 20 de enero de 2010.- Directora del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Tributaria.

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