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Documento BOE-B-2010-12942

Edicto de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por el que se notifica una resolución administrativa al Policía del Cuerpo Nacional de Policía, don Simón Pedro Rodríguez Rodríguez, del expediente disciplinario número 252/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2010, páginas 40192 a 40193 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2010-12942

TEXTO

Don Raúl Sanz Ruíz, Inspector del Cuerpo Nacional de Policía, Jefe de Sección en la Unidad de Régimen Disciplinario de la División de Personal.

Hago Saber: Que por este Edicto se notifica al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Simón Pedro Rodríguez Rodríguez, con DNI, 11.422.389, que el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, ha dictado resolución, de fecha 4 de marzo de 2010, en el expediente disciplinario número 252/2009, que no ha podido serle notificada por otros medios al encontrarse en paradero desconocido, y cuya parte dispositiva e información de recursos es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo:

La suspensión provisional de funciones y la no acreditación de haberes del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Simón Pedro Rodríguez Rodríguez, en los derechos inherentes a la condición de funcionario, en tanto se mantenga su incomparecencia en el expediente.

Su conducta es de suma gravedad, por cuanto irroga un notable perjuicio al principio de responsabilidad de los propios actos, por la vulneración flagrante de las normas reglamentarias que le obligan a mantener siempre un lazo de conexión con el cuerpo al que pertenece, y a la efectiva prestación de los servicios que en cada momento le sean asignados con estricta sujeción a la disciplina que debe imperar en un colectivo jerarquizado como es el Cuerpo Nacional de Policía. Por ello, en uso de las facultades que me confiere el artículo 34.1 y 5 del citado Reglamento de Régimen Disciplinario, se acuerda la suspensión provisional de funciones en los derechos inherentes a su condición de funcionario, procediendo a recogerle los distintivos del cargo y el arma o armas, en su caso, y a la no acreditación de haberes de conformidad con lo establecido en el articulo 34 del mencionado R.D. 884/89 de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, para que por la habilitación correspondiente se proceda a la detracción de haberes de la forma establecida legalmente.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el interesado puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes, según lo preceptuado en los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, en su nueva redacción dada por Ley 4/1999; o impugnarla, presentando directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga su domicilio o de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 número 1 de dicha Ley.

En el supuesto de interponer el primero de los citados recursos, no podrá presentar el contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción.

El funcionario podrá conocer el contenido íntegro de la presente resolución personándose de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la Unidad de Régimen Disciplinario, sita en el Paseo de las Delicias, número 76, planta 3.ª, de Madrid, en el plazo de diez días computados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

La presente notificación se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 61.

Madrid, 7 de abril de 2010.- El Comisario, Jefe de la Unidad de Régimen Disciplinario.

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