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Documento BOE-B-2010-13094

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha relativa a la conclusión del periodo de la información pública de los bienes y derechos afectados por la aprobación definitiva del Proyecto: "Incremento de Gálibo en Estructuras", correspondiente al contrato de concesión para la conservación y explotación de la autovía A-31, punto kilométrico 29+800 a 124+000. Tramo La Roda-Bonete. (Clave A0-AB-10) y convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la ocupación motivadas por las obras del proyecto de referencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14 de abril de 2010, páginas 40430 a 40433 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-13094

TEXTO

El Ministerio de Fomento con fecha 22 de marzo de 2010 ha resuelto:

1. Aprobar el expediente de Información Pública y, definitivamente, el Proyecto de Trazado y de Construcción "Incremento de Galigo en Estructuras" con un Presupuesto estimado Base de Licitación de 2.170.741,79 € que corresponde a un porcentaje sobre la inversión de Área 1 del 1,7437 % que se aplicará a la tarifa base de acuerdo con las condiciones contractuales del contrato de concesión, con las siguientes prescripciones:

1.1 Que deberá existir coordinación en la señalización vertical y balizamiento entre la puesta en servicio de los distintos tramos de obras de reforma y de primer establecimiento en toda la Concesión, de tal manera que no se induzca a confusión en el período comprendido entre la entrada en servicio de las distintas obras de reforma y las de primer establecimiento.

1.2. Que se ejecutarán todas las actuaciones necesarias en materia de barreras de seguridad, en aplicaci6n de la normativa vigente en materia de defensas, en concreto la O.C. 28/2009, las OO.CC. 18/2004 y 18bis/2008, la O.C. 23/2008 y la O.C. 321/95 T y P en lo referente a los sistemas de contención de hormigón. Se recrecerán todos los elementos que como consecuencia de la ejecución de las obras queden por debajo de la tolerancia mínima estipulada.

1.3. Que todos los sistemas de contención existentes en el tramo deberán cumplir la normativa vigente, estar Incluidos en el "Catálogo de Sistemas de Contención de Vehículos", cumplir las condiciones de cotas, disposición longitudinal y transversal, elementos, tolerancias y criterios de Implantación señaladas en las "Recomendaciones Sobre Sistemas de Contención de Vehículos" aprobados por la O.C. 321/95 T y P, en la O.C. 6/01 "Para la modificación de la O.C. 321/95 T y P en lo referente a barreras de seguridad metálicas para su empleo en carreteras de calzada única", en la Nota de Servicio sobre protección de los obstáculos situados en mediana de fecha 31 de julio de 2.008, en las O.C. 18/2004 y 18bis/2009 "Sobre criterios de empleo de sistemas para protección de motociclistas" y en la O.C. 28/2009 "Sobre criterios de aplicación de barreras de seguridad metálicas", y para los pretiles metálicos, en la O,C. 23/2008 ''Sobre criterios de aplicación de pretiles metálicos en carretera".

1.4, Que todos los sistemas de contención que se ejecuten deberán corresponderse en todos sus elementos (vallas, postes, separadores, tuercas, tornillos, arandelas, etc.) Y con las tolerancias admitidas en la normativa vigente, con alguno de los incluidos en el "Catálogo de Sistemas de Contención de Vehículos". Asimismo, deberán cumplir las condiciones de instalación señaladas en las "Recomendaciones Sobre Sistemas de Contención de Vehículos" aprobados ambos por la O.C. 321/95 T y P, en la O.C. 6/01 "Para la modificación de la O.C. 321/95 T y P en lo referente a barreras de seguridad metálicas para su empleo en carreteras de calzada Única", en la Nota de Servicio sobre protección de los obstáculos situados en mediana de fecha 31 de julio de 2.008, en las O.C. 18/2004 y O.C. 18bis/2008 "Sobre criterios de empleo de sistemas para protección de motociclistas" y en la O.C. 28/2009 "Sobre criterios de aplicación de barreras de seguridad metálicas" y para los pretiles metálicos, en la O.C. 23/2008 "Sobre criterios de aplicación de pretiles metálicos en carretera".

1.5. Que la disposición de la señalización vertical del tramo objeto de las obras cumplirá con la normativa técnica vigente y tendrá la adecuada coordinación con la señalización horizontal y balizamiento.

1.6. Que durante la ejecución de las obras no se reducirá el número de carriles de la vía.

1.7. Que los desvíos permanentes necesarios para la realización de las obras objeto del proyecto serán autorizados por el Ingeniero Inspector de Proyectos y Construcción, previa presentación de la documentación necesaria, En todo caso, no se disminuirá la capacidad de la vía.

1.8. Que antes del inicio de las obras, de acuerdo a lo dispuesto en la Orden FOM/3818/2007, el Concesionario deberá presentar al Ingeniero Inspector, los proyectos específicos de los medios auxiliares a utilizar en la ejecución de cada una de las estructuras.

1.9. Que se considerarán trabajos incluidos en la limpieza general de la obra los de retirada de todos los elementos de las barreras de seguridad (vallas, postes, separadores, tornillos, arandelas, etc.) que hayan quedado sin uso en los márgenes de la carretera.

1.10. Que a todos los efectos, las referencias que figuren en los distintos documentos del proyecto respecto a la denominación de las mezclas bituminosas y a sus ensayos de control, que no se ajusten a las especificadas en la Orden Circular 24/2008, se entenderán sustituidas por las equivalentes que figuren en dicha O.C.

1.11. Que los betunes utilizados en capas intermedias para firmes flexibles deberán ajustarse a la normativa vigente en la O.C. 21/2007 y O.C. 21bis/2009.

1.12. Que se deberán cumplir las prescripciones ambientales contenidas en la Resolución de 14 de febrero de 2.006, de la Secretaria General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático y en la legislación medioambiental vigente.

1.13 Que las obras se ejecutarán con sujeción a la Normativa Vigente, las Órdenes Circulares y las Notas de Servicio de la DGC del Ministerio de Fomento.

1.14. Que las actuaciones recogidas en el proyecto no suponen la ejecución de ninguna obra adicional respecto a las recogidas en el anteproyecto y en la oferta, excepto en aquellas cuestiones que podrían ser reconocidas como obra adicional por la Administración, de acuerdo con las reuniones mantenidas entre la Concesionaria de la Concesión y la Secretarla General de Infraestructuras. En caso de reconocerse las obras adicionales, se podría proceder al recálculo del porcentaje de tarifa que corresponda.

1.15. Que conforme a la cláusula 10, apartado 2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato, deberá tenerse en cuenta que al no tener carácter contractual el documento "Presupuesto", los precios de las distintas unidades de obra incluidos en el Proyecto no son vinculantes para la Administración.

1.16. Que conforme a la cláusula 37.1, apartado 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato, el concesionario asumirá los riesgos económicos y responsabilidades de toda índole que se deriven de la redacción del Proyecto que se aprueba, por lo que el presupuesto de ejecución material del Proyecto no puede dar lugar a ninguno de los supuestos de necesidad de restablecimiento del equilibrio económico del contrato que aparecen en la cláusula 72, apartado 2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato.

1.17. Que se debe detallar y completar el proceso constructivo del Izado de la estructura del p.k. 38+400 y acotar en planos la posición de las torres de apeo previstas en los estribos de la estructura, que según el anejo de cálculo es 0,70 m de la cara del estribo. Antes de la ejecución de las obras se solicitará Informe de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la J.C.C.M. sobre las afecciones a la carretera CM-3114 en los trabajos de elevación de esta estructura.

Las anteriores prescripciones deberán ser tenidas en cuenta en la ejecución de las obras y se cumplimentarán mediante la documentación que resulte procedente en cada caso, sometiendo la misma a la aprobación del Inspector de Proyectos y Construcción del contrato antes de la ejecución de las unidades correspondientes. A todos los efectos dichas prescripciones se considerarán parte Integrante del proyecto que se aprueba.

2. ORDENAR a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla la Mancha la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios y que incluya el proyecto referenciado en el Programa de Expropiaciones vigente, dado que es preciso realizar expropiaciones para la ejecución de las obras y en aplicación del artículo 8.1 y 2 de la Ley 25/88, de 29 de julio, "de carreteras", según la redacción dada al mismo por el artículo 77 de la Ley 24/01, de 27 de diciembre, "de Medidas fiscales, administrativas y del orden social".

Habiéndose cumplido con lo preceptuado en los artículos 17 y siguientes la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, se procede a finalizar la fase de información pública de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto, siendo por tanto declarado de urgente ocupación. Asimismo, se acompaña descripción detallada de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2ª y 3ª de su artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación que a continuación se detalla y que se hará pública además, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Roda, así como en el de esta Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla la Mancha, sita en la plaza Santa Clara, 7 de Toledo, y en el de la Unidad de Carreteras del Estado en Albacete sita en C/ Alcalde Conangla, 4 Bajo de Albacete, para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación en el lugar, día y hora que a continuación se indica:

Ayuntamiento de La Roda:

Día 22 de abril de 2010 a las 9:30 horas.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en los periódicos La Verdad de Albacete y el Día de Albacete.

Las publicaciones anteriormente señaladas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar a su costa de Peritos y Notario.

Calendario para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación:

Ayuntamiento de La Roda

Nº de Finca

Referencia Catastral

Titular

Día

Hora

02.0693-001

02069A084003230000ZU

ORTEGA LOPEZ MANUEL

22/04/2010

9:30

02.0693-002

02069A084003220000ZZ

GARCIA PARREÑO ANTONIO LEON

22/04/2010

9:30

02.0693-003

02069A084003360000ZT

FERNANDEZ ALARCON JUAN

22/04/2010

9:30

02.0693-004

02069A084090010000ZA

AYUNTAMIENTO DE LA RODA

22/04/2010

10:30

02.0693-005

02069A085001090000ZA

GARCIA FERNANDEZ FRANCISCO (HEREDEROS DE)

22/04/2010

10:00

02.0693-006

02069A085001420000ZH

VILLODRE MARTINEZ JUAN

22/04/2010

10:00

02.0693-007

001201400WJ74A0001UU

FABRI-KIT SL

22/04/2010

10:00

02.0693-008

02069A085001350000ZE

FABRI-KIT SL

22/04/2010

10:00

02.0693-009

02069A084003260000ZA

IBAÑEZ LOZANO EMILIO

22/04/2010

10:30

02.0693-010

02069A084090020000ZB

AYUNTAMIENTO DE LA RODA

22/04/2010

10:30

02.0693-011

02069A085001100000ZH

IBAÑEZ LOZANO EMILIO

22/04/2010

10:30

Toledo, 5 de abril de 2010.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, Francisco Javier González Cabezas.

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