Don José Miguel de Frutos Vinuesa, Secretario del Juzgado de Primera Instancia 6 y Mercantil de Logroño (La Rioja) en sustitución reglamentaria, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 23.1 y 177. 3 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1091/2005, por auto de fecha 24 de marzo de 2010 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil Manofacturas Riojanas del Mueble Moderno, Sociedad Limitada, con CIF B-26260349, inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja al tomo 546 general, folio 51, hoja LO 5415. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.
2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.
3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Manofacturas Riojanas del Mueble Moderno, Sociedad Limitada, cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado.
Logroño, 24 de marzo de 2010.- El/La Secretario Judicial.
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