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Documento BOE-B-2010-14235

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 2010, páginas 44082 a 44082 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-14235

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 0000061/2009, seguido a instancias del Procurador don Carlos Muñoz Correa, en nombre y representación de las entidades "Hija de Juan Santana Perera, S.L.", con C.I.F. B-35068709, de la entidad "Juan Santana Perera, S.L.", con C.I.F. B-35.480417, "Ganadería Canaria, S.L.", con C.I.F. B-35.065283 y "Nieta de Juan Santana Perera, S.L.", con C.I.F. B-35.573.112, se ha dictado Auto el día 14 de abril de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de las entidades "Hija de Juan Santana Perera, S.L.", con C.I.F. B-35068709, de la entidad "Juan Santana Perera, S.L.", con C.I.F. B-35.480417, "Ganadería Canaria, S.L.", con C.I.F. B-35.065283 y "Nieta de Juan Santana Perera, S.L.", con C.I.F. B-35.573.112, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso tiene el carácter de voluntario.

Se designa como Administradora del concurso a doña Dolores Benítez González, Letrada.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Doña María del Carmen de León Jiménez, Magistrado-Juez.-Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

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