Yo, Fernando Garí Munsuri, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Córdoba,
Hago constar:
1. Que en esta Notaría de mi cargo, se tramita Acta de Ejecución Hipotecaria Extrajudicial prevista en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, seguida por Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, (Unicaja), sobre la siguiente finca urbana: Piso Ático número Tres, con acceso por la puerta C, del bloque situado en la calle Conquistador Benito de Baños, de Córdoba, actualmente marcado con el número diez, con una superficie de cincuenta y cuatro metros cuarenta y tres decímetros cuadrados útiles y de sesenta y un metros veinticinco decímetros cuadrados construidos, al que se le asignó una cuota de comunidad de 1,23%; inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Córdoba, al tomo 2.497, libro 1.382, folio 212, finca número 416.
2. La fecha prevista para la primera subasta es el día 28 de mayo de 2.010, a las 9,30 horas. En previsión de no existir postor en esta primera subasta o ésta resultare fallida, se celebrará la segunda subasta el día 23 de junio de 2010, a las 9,30 horas. Y caso de no existir postor en la segunda subasta o ésta resultare fallida, se celebrará la tercera el día 16 de Julio de 2.010, a las 9,30 horas. Caso de llegarse a licitación entre el dueño y el acreedor, se señala para el día 22 de julio de 2010, a las 9,30 horas. Todas las subastas se celebrarán en esta Notaría, sita en la Avenida del Gran Capitán, número 1-1º-B, 14008-Córdoba.
3. El tipo que servirá de base a la primera subasta es de Ciento Cuarenta y Dos Mil Ciento Treinta y Cinco Euros con Veintitrés Céntimos (142.135,23 euros); a la segunda subasta el setenta y cinco por ciento (75%) de dicha cantidad y a la tercera. subasta sin sujeción a tipo.
4. La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en esta Notaría.
Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
Córdoba, 15 de abril de 2010.- El Notario, D. Fernando Garí Munsuri.
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