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Documento BOE-B-2010-15840

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2010, páginas 50676 a 50676 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-15840

TEXTO

Don Jose Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 8/08, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva contiene el siguiente tenor literal:

"Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil "Vitaloisir, Sociedad Limitada", y abrir la fase de liquidación. Déjese sin efecto la convocatoria de Junta de acreedores acordada para el dia 1 de febrero de 2010.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la ley concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el "Boletín oficial del Estado".

Inscríbase asimismo en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona y al Registro de la Propiedad de Figueres.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal".

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido en presente.

Girona, 21 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

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