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Documento BOE-B-2010-16203

MONTE DE PIEDAD Y CAJA DE AHORROS SAN FERNANDO DE HUELVA, JEREZ Y SEVILLA, "CAJASOL".

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2010, páginas 51205 a 51206 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2010-16203

TEXTO

Convocatoria de Asamblea general extraordinaria.

De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la entidad y en cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla "Cajasol", en su sesión del día 27 de abril del corriente, se convoca a los Sres../Sras. Consejeros/as Generales a la Asamblea general extraordinaria, que tendrá lugar el martes, día 8 de junio del corriente, a las 19:00 horas, en primera convocatoria, y a las 20:00 horas, en segunda, en el salón de actos sito en plaza San Francisco, 1, de Sevilla, con sujeción al siguiente

Orden del día

I. Confección de la lista de asistentes para la determinación del quórum y subsiguiente constitución válida de la Asamblea.

II. Informe del Presidente.

III. Aprobación de la fusión de Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernendo de Huelva, Jerez y Sevilla con Caja de Ahorro Provincial de Guadalajara, por absorción de esta última por la primera, que pasará a denominarse Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Guadalajara, Huelva, Jerez y Sevilla, confirmando y ratificando el proyecto de fusión por absorción de Caja de Ahorro Provincial de Guadalajara, según ha sido formulado y acordado por el Consejo de Administración de la entidad en sesión celebrada el día 19 de abril de 2010, aprobando y dando plena eficacia, en consecuencia, a todos los acuerdos y documentos que lo integran, incluyendo la delegación de facultades que se precisan.

IV. Ruegos y preguntas.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía, y en el artículo 39.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hacen constar las siguientes menciones mínimas del proyecto de fusión:

a) Denominación, domicilio y datos de inscripción en el Registro Mercantil y en los registros administrativos de todas las entidades participantes en la fusión, así como la denominación y domicilio de la entidad resultante de la misma.

b) La justificación económica del proyecto de fusión, la organización resultante y el programa estratégico de la entidad resultante de la fusión, que suscribirán los administradores de las entidades participantes en el proceso de fusión.

c) El proyecto de la escritura fundacional de la nueva entidad, que deberá recoger el proyecto de Estatutos y Reglamento, o si se tratara de absorción, el texto íntegro de las modificaciones que hayan de introducirse en los Estatutos y el Reglamento de la caja de ahorros absorbente.

d) La fecha a partir de la cual las operaciones de las entidades que se extingan habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la entidad a la que traspasan su patrimonio.

e) Los acuerdos relativos a los Órganos de Gobierno de la entidad resultante de la fusión. Estos acuerdos deberán contemplar la incorporación de los miembros de los Órganos de Gobierno de las Cajas de Ahorros absorbidas a los de la absorbente en los casos en que así se acuerde, o la composición de los Órganos de Gobierno durante el período transitorio, según se trate respectivamente de fusión por absorción o con creación de nueva entidad.

f) Relación nominal de los miembros de cada uno de los órganos de gobierno de la entidad resultante de la fusión, durante el período transitorio.

g) Relación de oficinas operativas de cada una de las cajas participantes en la fusión, así como el número de empleados de cada entidad.

h) Las posibles consecuencias de la fusión sobre el empleo, así como su eventual impacto de género en los órganos de gobierno y la incidencia, en su caso, en la responsabilidad social de la entidad resultante.

i) Cualquier otro pacto o acuerdo que se considere conveniente y que no esté prohibido por la ley.

j) Composición, régimen de funcionamiento y facultades atribuidas a los órganos o personas que, en su caso, se designen para la coordinación del proceso de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que corresponde a las/los Sras./Sres. Consejeras/os Generales y obligacionistas de examinar los siguientes documentos, en el domicilio social de la entidad, por lo que quedarán depositados en la Secretaría General, sita en plaza San Francisco, número 1, de Sevilla:

a) Proyecto de fusión.

b) Informe sobre el proyecto de fusión de los expertos independientes.

c) Informe de los respectivos Consejos de Administración sobre el proyecto de fusión.

d) Las cuentas anuales y el informe de gestión de los tres últimos ejercicios de las respectivas cajas, debidamente auditadas.

e) Los balances de fusión de cada una de las entidades, con los informes de verificación de los Auditores.

f) Los Estatutos y Reglamentos vigentes de las cajas que participan en la fusión.

g) El texto del acuerdo de fusión que el Consejo de Administración somete a la aprobación de la Asamblea general.

Sevilla, 27 de abril de 2010.- Antonio Pulido Gutiérrez, Presidente del Consejo de Administración.

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