Al haberse intentado la notificación, en el domicilio de Doña Isabel Briongos Peñalba sin que se haya podido practicar, al constar como desconocido, procede notificar según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- Para que sirva de notificación se transcribe extracto de acuerdo de inicio del procedimiento n.º PS/00109/2010: Se acuerda:
1. Iniciar procedimiento sancionador a Don Alberto Delgado Molinero, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por la presunta infracción del artículo 6 de dicha norma, tipificada como grave en el artículo 44.3.d), de la citada Ley Orgánica. 2. Notificar el presente Acuerdo a la denunciante, advirtiéndole la posibilidad de actuar como interesada.
Podrá solicitar el texto íntegro del Acuerdo de inicio, acreditando su identidad y condición de interesado, mediante escrito dirigido a la sede de esta Agencia, calle Jorge Juan 6, 28001 Madrid.
Madrid, 27 de abril de 2010.- El Secretario General de la AGPD de conformidad con lo establecido en el art. 30, apartado b) del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.
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