Intentada la práctica de la notificación personal de dicha Resolución en el domicilio de su destinatario sin que se haya podido realizar, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJ-PAC),BOE del 27, y sus modificaciones posteriores.
Expediente número E.D. 035/09.
Se procede a comunicar el fallo de la Resolución de fecha 5 de abril de 2010, por la que se declara a doña Sonia Gamero Cabas, alumna de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, autora disciplinariamente responsable de la comisión de una falta menos grave, tipificada en el artículo 5.º b) 2.ª del vigente Reglamento de Disciplina Académica (Decreto 8 septiembre 1954; BOE de12 de octubre), a corregir con la sanción de "pérdida de matrícula en las asignaturas de las que se examinó en la convocatoria de febrero de 2009, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso Académico 2008/2009" prevista en el artículo 6.º c y b, del mencionado Reglamento.
La presente Resolución agota la vía administrativa, por lo que puede ser impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, o, a través de recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo Órgano que lo dicta, a contar ambos plazos, a partir del día siguiente de su publicación.
La Resolución, con su texto íntegro, se encuentra a disposición de la interesada en la Sección de Inspección de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid.
Madrid, 3 de mayo de 2010.- La Secretaria General.
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