El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Badajoz y su partido, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 6/2009 referente al concursado Frajuci, Sociedad Limitada, por auto de fecha 30 de abril de 2010 ha acordado lo siguiente:
Primero.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Frajuci, Sociedad Limitada.
Segundo.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de la resolución, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1ª de la Ley Concursal.
Tercero.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.
Cuarto.- Se declara disuelta la entidad Frajuci, Sociedad Limitada, cesando en su función los Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.
Badajoz, 4 de mayo de 2010.- La Secretario Judicial.
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