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Documento BOE-B-2010-19552

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 2 de junio de 2010, páginas 64420 a 64420 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-19552

TEXTO

Edicto.

Don/Doña Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado Voluntario num. 000004/2010 de la mercantil Electroquímica del Ebro, S.L., con domicilio en Partida de Matola,36, polígono 1,Elche, CIF n.º B-53926242, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, representada por el procurador D.ª Concepción Sevilla Segarra, en el que con fecha de hoy se ha dictado auto poniendo fin a la fase común y apertura de la fase de liquidación:

Se acuerda poner fin a la fase común.

Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente; y Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los DIEZ días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 144, se expide el presente.

Elche, 24 de mayo de 2010.- Secretario Judicial.

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