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Por la presente queda anulada la Requisitoria por la que se interesaba la búsca y captura de Dialo Cellu, hijo de Dialo Madiu y de Dialo Hawau, natural de Buruntuma, provincia de Guinea Bissau, de profesión mecánico, nacido el 30 de agosto de 1957, con pasaporte número 144/Rs, con último domicilio en el Tercio D. Juan de Austria III de la Legión, Puerto de Rosario, Fuerteventura, procesado en la Causa número 42/81, que se le sigue en este Tribunal Militar Territorial Quinto, por un delito de Deserción y otro de Fraude, previstos y penados en los artículos 370-2.º y 403-4.º, respectivamente, ambos del extinguido Código de Justicia Militar, por haber prescrito dichos delitos. Sirviendo el presente como notificación al interesado por continuar en paradero desconocido.
Santa Cruz de Tenerife, 3 de junio de 2010.- Capitán Auditor, Secretario Relator.
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