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Documento BOE-B-2010-21569

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 19 de junio de 2010, páginas 71594 a 71595 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-21569

TEXTO

Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante,

Por el prsente, hago saber: Que en fecha 1 de junio de 2010 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura deliquidación de la mercantil "Estructuras Aliben, S.A.", con CIF: A-03200359, que se tramita en este Juzgado con el número 631/09-R cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidaciaáon y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo.

3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil "Estructuras Aliben, S.A.", así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

6. Preséntese por la administración concursal en el plazo de 15 dias el plan de liquidación previsto en el artículco 148 de la Ley concursal, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación.

7. Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares porevistos sen el articulo 167 dela Ley Concursal así como informe de laAdministración Concursal del artículo 74 de la Ley Concursal ( sin inclusión de anexos por su volumen).

Dentro de los 10 dias siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarme y ser parte en la Sección Sexcta alegando por escrito cuanto considera relevante par la calificación del concurso como culpable. ( articulo 168 Ley Concursal).

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de aauncios de este edicto en el Registro público concursala y en el tablón de anuncios de este juzgado e inscribase en el Registro Mercantil.

En tanto nos e cree el Registro público concursal, publíquese el edicto en extracto en el "BOE" de forma gratuita.

Líbrense al efecto los corresondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 dias acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante Juzgado en el plazo de cinco dias, y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3

Alicante, 1 de junio de 2010.- El Secretario del Juzgado de lo Mercantil 1 de Alicante.

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