Que el procedimiento concursal 982/08 referente al concursado Tarimas Couto, S.L., por auto de fecha 21 de mayo de 2010 se ha acordado lo siguiente:
1.-Dejar sin efecto la fase del convenio acordada por auto de 8 de marzo de 2010, por no haberse presentado ninguna propuesta de convenio.
2.-Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 23 de junio de 2010, a las 11 horas.
3.-Abrir de oficio la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
5.-Abrir la sección sexta de calificación del concurso pudiendo los acreedores y legítimos interesados personarse dentro de lo diez días a partir la presente publicación.
Ourense, 21 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
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