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Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber: Que en concurso voluntario número 67/10, se ha acordado mediante Audo de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil "Cal parent Resort, Sociedad Limitada", con domicilio en Besalú, Avenida President Lluís Companys, 6, CIF número B-17853813, siendo designados como Administrador Concursal a Don Joan Ribas Feixas.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento,característcas y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.
El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la Disposición Transitoria Segunda la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 20 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.
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