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Documento BOE-B-2010-22601

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 26 de junio de 2010, páginas 75017 a 75017 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-22601

TEXTO

Don Jorge Cuellar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000199/2010 habiéndose dictado con fecha 11/06/2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Abreviado Voluntario de acreedores de Explotaciones Turísticas de Santa Pola, S.L. con domicilio en Carretera de Alicante-Cartagena KM 1720, Santa Pola, y C.I.F. número B53203428 inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, tomo 2.021, folio 19 sección 8º, hoja número A-43.045, inscripción primera, representada por la Procuradora doña María Josefa Carbonell Arbona.

Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de quince días desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito, así como copia de todo ello para constancia en autos.

Elche, 11 de junio de 2010.- Secretario Judicial.

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