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Documento BOE-B-2010-2264

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2010, páginas 5252 a 5252 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-2264

TEXTO

Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Las Palmas de Gran Canaria,

Hace saber, que en el concurso abreviado nº 35/2005, seguido a instancia de la entidad Técnicas Eléctricas Canarias, S.L., con CIF B-35585470, se ha dictado Auto del día de la fecha cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Se acuerda la apertura de la fase liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso. De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber a los Administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la espiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal."

Firmado.- Don Tomás Luis Martín Rodríguez, Magistrado-Juez - Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria.- Rubricado.

Y para que sirva su publicación a efectos de notificación, extiendo y firmo la presente.

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de diciembre de 2009.- Secretaria Judicial.

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