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Documento BOE-B-2010-23280

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 1 de julio de 2010, páginas 76534 a 76534 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-23280

TEXTO

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 3 Barcelona,

Hace saber: Que en el procedimiento de concurso voluntario 1022/2008-c3 de la mercantil Estructuras Permanyer, S.L., representada por el Procurador Don Jordi Fontquerni Bas que se sigue en este Juzgado se ha dictado resolución con esta fecha resolución de conformidad con los artículos 148 y 23 de la Ley Concursal, por la que se ha acordado librar el presente edicto al objeto de dar publicidad a la resolución por la cual se aprueba el convenio del presente concurso de acreedores.

Fallo: La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Estructuras Permanyer, S.L., sometido a votación el 17 de febrero de 2010, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio de auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Barcelona, 26 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

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