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Documento BOE-B-2010-24029

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador por imposibilidad de notificación en su domicilio PS/00291/2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2010, páginas 78832 a 78832 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2010-24029

TEXTO

Al no haber sido posible la notificación al expedientado en su domicilio, resultando ausente reparto en dos ocasiones (09/06/2010 y 10/06/2010) procede notificar según lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por ley 4/1999 de 13 de enero. Para que sirva de notificación se transcribe extracto del acuerdo de inicio del procedimiento nº PS/291/2010: Se acuerda:

1. Iniciar procedimiento sancionador a Working Maresme, S.L., con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccion de Datos de Carácter Personal, por la presunta infracción del artículo 21 de la Ley 34/2002, de 11 de julio de Servicios de la sociedad de la Información y Comercio electrónico (LSSI), tipificada como grave en el artículo 38.3 c) de la citada LSSI. 2. Notificar el presente Acuerdo al expedientado, con domicilio en C/ Marques Casa Riera, 25- 08394 Sant Vicent de Montalt - Barcelona.

Los interesados o sus representantes podrá solicitar una copia de la Resolución, acreditando su identidad y condición de interesado, mediante escrito dirigido a la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan 6, 28001 Madrid, en el plazo máximo de 7 días naturales, contados, desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Madrid, 1 de julio de 2010.- El Secretario General de la Agencia Española de Protección de Datos de conformidad con lo establecido en el art. 30, apartado b) del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

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