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Documento BOE-B-2010-24063

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 7 de julio de 2010, páginas 78871 a 78871 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-24063

TEXTO

Este Juzgado está tramitando el procedimiento extravío, sustracción o destruccion letra de cambio pagaré o cheque 002349/2009 y por resolución de fecha 5 de febrero de 2010 ha acordado notificar providencia de fecha 5 de febrero de 2010, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Providencia.

Juez que la dicta: Doña María Fernanda Lorite Chicharro.

Lugar: Alicante.

Fecha: 5 de febrero de 2010.

Dada cuenta, transcurrido el plazo sin que las partes hayan alegado nada al respecto de lo acordado en la providencia trece de octubre de dos mil nueve, y de conformidad con el artículo ochenta y cinco de la Ley Cambiaria y del Cheque, se acuerda que la denuncia del extravío del pagaré librado por "Ecisa Compañía General de Construcciones, Sociedad Anónima" a nombre de "Sactema, Sociedad Anónima", el día 22 de diciembre de 2008, serie P, número 60531.003.5.8200.3, se publique en el "Boletín Oficial del Estado", fijando un plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación para que el tenedor del título pueda comparecer y formular oposición.

Haciendo entrega del edicto a la parte actora a fin de que se encargue de su publicación.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn). Previa acreditación de haber consignado el deposito de 25 euros en la oportuna entidad de crédito o en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del Juzgado, indicando el código OO (disposición adicional decimoquinta, apartados 4.º y 6.º de la LOPJ introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. Firma del Juez.-Firma del Secretario.

Y para que sirva de notificación en forma a "Ecosa Compañía General de Construcciones, S.L.", en rebeldía e ignorado paradero, y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", extiendo la presente.

Alicante, 5 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

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