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Documento BOE-B-2010-24967

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 14 de julio de 2010, páginas 81105 a 81105 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-24967

TEXTO

Edicto.

Don Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario Judicial de Juzgado bis de lo Mercantil número 1 de Murcia,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso 54/2010 se ha dictado en fecha quince de junio de dos mil diez, auto de declaración de concurso voluntario, por el trámite abreviado, a Pedro García Cánovas, María de la Cruz Hernández Tudela, con DNI 34.822.606-P Y 48.390.727-S, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida Reina Sofía, 29, 3.º D, de Murcia.

2.º Se ha acordado la conservación de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedan intervenidas por la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, todo ello al domicilio del Juzgado sito en avenida Primero de Mayo, 1, edificio Torres Azules, 1.ª planta, 30006 Murcia.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 22 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.

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