Edicto.
Don José Antonio Marquínez Beita, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 495/2010, se ha acordado mediante Auto de 08/07/2010 la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Muntatges Ignasi Arias, S.L.U., con domicilio el Pol. Industrial Pont de Princep, sector 3, n.º 32, 17469 de Vilamalla con CIF B 17860305, siendo designado como Administrador Concursal a don Antoni Blanch Brugarola.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor. interesado o representante, expresando el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.
El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
El cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el Auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la LC.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 8 de julio de 2010.- Secretario Judicial.
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