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Documento BOE-B-2010-26952

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 28 de julio de 2010, páginas 86569 a 86569 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-26952

TEXTO

Doña Concha Ruiz García, Secretario Judicial del Juzgado De Lo Mercantil N. 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso 195/2010 se ha dictado a instancias de Consorcio Agroindustrial de Murcia, S.L., en fecha 7 de julio de 2010 auto de declaración de concurso voluntario por el procedimiento Abreviado a Consorcio Agroindustrial de Murcia, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/. Calderón de la Barca, n.º 14, piso 4.º D de Murcia, y con CIF B-73087991.

2º.- Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención del administrador Concursal, mediante su autorización o conformidad.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado sito en Avda. Primero de Mayo,1 Edificio Torres Azules, 1 Planta, 30006 de Murcia, en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el BOE, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 15 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.

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