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Don Jesús Ibáñez Calomarde, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Gandía,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Gandía (Valencia), calle Vallier, número 2, piso 1º, pta. 5ª, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
"Número seis. - Vivienda situada en planta segunda o piso, a la izquierda mirando el edificio desde la calle. Tiene una extensión superficial de ochenta metros cuadrados edificados, y unos diez metros que corresponden a terrazas. Lindante: Por la derecha mirando al edificio desde la calle, con la otra vivienda de la misma planta descrita con el número cinco; izquierda, con casa Ayuntamiento de Villalonga; espaldas, con vuelos de la planta baja; y por encima, con la terraza.
Cuota de participación.- 15 %.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Gandía número dos al tomo 1.454, folio 213, finca número 3.402, inscripción 6.ª
Integración. - Forma parte en régimen de propiedad horizontal del edificio situado en Villalonga, calle del Trinquete, número 15.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el día 9 de septiembre de 2010, a las 9,30 horas, siendo el tipo base el de 126.793 euros; de no haber postor, o si resultare fallida, la segunda subasta el día 7 de octubre de 2010, a las 9,30 horas, cuyo tipo será el 75 por ciento de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el día 4 de noviembre de 2010 a las 9,30 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subastas, la licitación entre mejorantes y mejor postor, el día 18 de noviembre de 2010, a las 9,30 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario se pueden consultar en la Notarla de lunes a viernes, de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 % del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta, y en la tercera un 20 % del tipo de la segunda, mediante cheque bancario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero.
Gandía, 22 de julio de 2010.- El Notario.
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