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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Procedimiento 30/1992, no habiendo podido notificar a don Vicente Arranz García, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que con fecha 4 de marzo de 2010, se emitió por la Subdirección General de Gestión notificación de liquidación de deudas en período voluntario previa a su exacción por vía de apremio, por impago de servicios repercutibles de la vivienda que ocupa, de titularidad/administración del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
La cantidad reclamada asciende a 131,71 € y deberá ser ingresada en la cuenta del BBVA número 0182-2370-41-0200016883, consignando nombre y DNI del deudor.
Plazos para efectuar el ingreso (art. 62 de la Ley General Tributaria):
a) Si la publicación del anuncio se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde dicha fecha hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente.
b) Si la publicación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde esa fecha hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, determinará la exigibilidad del recargo de apremio establecido reglamentariamente y el devengo de los intereses de demora hasta la fecha de ingreso en el Tesoro de la deuda tributaria, en aplicación de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, paseo de la Castellana, nº 233, de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 29 de julio de 2010.- El Jefe de la Unidad de Administración.
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